Establecen requisitos fitosanitarios para importación de semillas de palma aceitera de Honduras
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) ha establecido los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de semillas germinadas de palma aceitera (Elaeis guineensis) procedentes de Honduras.
Esta medida, oficializada a través de la Resolución Directoral n.° D000012-2024-Midagri-Senasa-DSV y publicada el 24 de marzo en El Peruano, tiene como finalidad garantizar un nivel adecuado de protección y minimizar el riesgo de ingreso de plagas cuarentenarias al Perú.
Los envíos deben cumplir con los siguientes requisitos:
- El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa del Perú, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia.
- El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen.
- Si el producto fue germinado en sustrato, este deberá ser un medio libre de plagas cuya condición será certificada por la ONPF del país de origen y consignado en el certificado fitosanitario.
- Los envases serán nuevos y de primer uso, libres de cualquier material extraño al producto autorizado, debidamente rotulado con la identificación del material biológico, del número de lote de producción y del país de origen.
- Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al Perú.
- El inspector del Senasa deberá tomar una muestra del envío para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal, con el fin de descartar la presencia de las plagas. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
Fuente: AgroPeru
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